Se pone en vuestro conocimiento la sentencia del Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla de 27 de febrero de 2020, por la que se desestima el derecho del personal laboral a disfrutar como permiso retribuido su participación en los Encuentros Deportivos y Certamen Cultural.
La citada sentencia no es firme, siendo recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Entendemos, con el debido respeto a la misma, que no es conforme a Derecho por lo que es nuestra intención anunciar y formalizar recurso de suplicación.
Se informará del fallo final del mismo.
Un cordial saludo.
Sevilla, 5 marzo 2020
Por el Comité Ejecutivo de FEAFASS.
Ignacio Palomo García
Presidente
Tlf 687892477